La corrección de las disparidades de género en el cálculo de las jubilaciones representa uno de los desafíos más urgentes para la sostenibilidad del sistema previsional chileno. La aplicación de herramientas financieras específicas busca mitigar el impacto negativo que las proyecciones de longevidad ejercen sobre los ingresos de la población femenina.
Este mecanismo de ajuste previsional opera de forma automatizada para incrementar los montos mensuales mediante una asignación complementaria fijada en unidades de fomento.
Al equiparar las condiciones de retiro, el Estado intenta resolver una brecha histórica que afecta la calidad de vida de las trabajadoras durante su vejez. Conocer el límite de edad para el cobro, la escala de porcentajes asignados y los requisitos de cotización vigentes resulta indispensable para las futuras beneficiarias.
La brecha previsional y la edad establecida para la activación del cobro
Las tablas de mortalidad vigentes estipulan que las mujeres poseen una expectativa de vida mayor y una edad de jubilación legal menor que los hombres. Esta distribución estadística obliga a que los ahorros acumulados en las cuentas individuales deban fraccionarse para cubrir una mayor cantidad de años.
Como consecuencia, el monto mensual percibido por una mujer suele ser drásticamente inferior al de un varón con idéntico nivel de ahorro previsional.
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La Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida compara las historias previsionales para otorgar un aporte extra mensual que nivele dicha disparidad. A pesar de que las mujeres pueden jubilarse legalmente a los 60 años, la entrega efectiva de este dinero adicional se activa recién a los 65 años.
Incluso si la afiliada accede a una pensión de invalidez de forma anticipada, el depósito del beneficio permanecerá retenido hasta cumplir la edad límite.
Asignación por porcentajes y las exigencias de afiliación al seguro
Para las personas pensionadas antes del 2 de enero de 2026, el porcentaje del beneficio se calculó según la edad fijada al 1 de enero de 2026. El tramo otorga un 100% a quienes tengan 65 años o más, un 75% a los 64 años y un 50% al registrar 63 años.
Los niveles inferiores disminuyen al 25% para los 62 años, un 15% a los 61 años y un 5% al cumplir los 60 años.
Para las nuevas jubiladas rige la misma escala de porcentajes, tomando como referencia la edad exacta de la mujer al momento de pensionarse. Las beneficiarias deben ser titulares de una pensión de AFP o compañía de seguros y no estar cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Asimismo, se exige registrar al menos 1 cotización en el Seguro Social antes de cumplir los 50 años, con excepciones para afiliaciones previas a agosto de 2025.





