El mercado laboral chileno vive una de sus transformaciones más profundas en materia de incentivos económicos. Tras la aprobación del Congreso, el nuevo Subsidio Unificado al Empleo se alista para centralizar la ayuda estatal en un solo mecanismo de postulación.
Este beneficio llega para sustituir definitivamente al Bono al Trabajo de la Mujer, al Subsidio al Empleo Joven y al aporte previsional para trabajadores jóvenes.
El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo ya ha suspendido las postulaciones a los beneficios antiguos para dar paso a esta plataforma integrada. Solo algunos califican para este nuevo aporte, según los tramos de renta establecidos por ley.
Existen requisitos de vulnerabilidad y trayectoria de desempleo necesaria para acceder a esta bonificación que busca formalizar el trabajo.
Los 4 grupos prioritarios que recibirán el incentivo económico
El SUE nace con la misión de insertar en el mundo laboral formal a quienes históricamente han enfrentado mayores barreras de contratación. Para ser beneficiario, el trabajador dependiente o independiente debe acreditar una renta bruta mensual que no supere los 2,25 Ingresos Mínimos Mensuales.
Un requisito novedoso es la acreditación de desempleo: el postulante debe registrar al menos 6 meses continuos u 8 discontinuos sin trabajo en el último año y medio.
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Además, se exige pertenecer al tramo de entre el 40% y el 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares, salvo para personas con discapacidad. Este filtro busca asegurar que los recursos lleguen a quienes realmente necesitan un impulso para reingresar al mercado tras periodos largos de inactividad.
La transición hacia este sistema será gradual hasta el año 2027, periodo en el que se habilitará un módulo único de concesión por tránsito.
Tramos de bonificación para trabajadores y empleadores del sector privado
El monto del subsidio para los trabajadores dependerá directamente de su nivel de ingresos, pudiendo alcanzar hasta un 20% de su remuneración bruta. El diseño contempla tres tramos: una bonificación ascendente hasta 1 IMM, una fija hasta 1,25 IMM y una descendente que se extingue al llegar a los 2,25 IMM.
La ley garantiza un piso mínimo, estableciendo que el aporte estatal nunca podrá ser inferior al 2,5% de un ingreso mínimo mensual vigente.
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Por su parte, las empresas que contraten a estos perfiles también recibirán un incentivo si tributan en primera categoría y tienen sus cotizaciones al día. Para los empleadores, el beneficio se divide en dos tramos, buscando fomentar la contratación de personas con rentas que bordean el sueldo mínimo.
Este doble incentivo pretende dinamizar la economía nacional, reduciendo los costos de contratación mientras se aumenta el sueldo líquido de los trabajadores.




