La estabilidad habitacional de los adultos mayores se ha posicionado en el centro del debate público, alimentada por el temor a posibles pérdidas patrimoniales. A pesar de los discursos que alertan sobre una ola de expropiaciones, las cifras oficiales desmienten la existencia de una crisis de remates residenciales.
Un análisis exhaustivo de los registros de la Tesorería General de la República revela que, entre 2020 y 2025, no se remató ni una sola vivienda por deudas de contribuciones.
Aunque miles de inmuebles iniciaron procesos administrativos, la ejecución final de la venta se mantuvo en cero para propiedades habitacionales. Este dato arroja luz sobre la efectividad de los mecanismos de protección y la flexibilidad del sistema para evitar que las familias pierdan su hogar principal.
La brecha entre la retórica política y la realidad administrativa sugiere que las salvaguardas actuales han cumplido su rol de contención social.
Realidad de los embargos y terrenos baldíos
Durante el último lustro, más de 350 mil inmuebles entraron en trámite de embargo, pero solo una fracción mínima llegó a la instancia de subasta pública. De los más de 2.200 bienes que alcanzaron la fase de remate, la inmensa mayoría correspondía a sitios eriazos o terrenos sin construcción.
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Los registros indican que solo cinco terrenos baldíos fueron efectivamente adjudicados, y en todos los casos, fueron recuperados por sus propietarios originales.
Comunas como Valparaíso y Casablanca lideran las listas de procesos iniciados, concentrando gran parte de los expedientes por incumplimiento territorial. Esta diferencia entre el inicio de la demanda y la venta final se debe a las múltiples instancias de pago y convenios que ofrece el Estado antes de la audiencia.
Beneficios vigentes y protección al adulto mayor
El marco legal actual contempla exenciones significativas para quienes pertenecen a la tercera edad y poseen ingresos limitados. Aquellos adultos mayores cuya renta anual es inferior a las 13,5 UTA quedan totalmente exentos del pago de impuesto territorial sobre su vivienda.
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Para quienes perciben ingresos superiores, pero menores a 30 UTA, la ley garantiza una rebaja del 50% en el valor de sus contribuciones mensuales.
Incluso en casos de deudas acumuladas, el contribuyente tiene el derecho legal de detener cualquier remate pagando su deuda hasta minutos antes de la subasta. Nuevas iniciativas legislativas buscan ampliar estos beneficios, ajustando los topes de avalúo fiscal para que más personas puedan conservar sus hogares sin presión financiera.





