Anuncian fin de las tarifas arbitrarias y los cobros injustificados en los estacionamiento. El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) lanzó un despliegue masivo en más de 20 sucursales para garantizar el respeto al bolsillo ciudadano.
La ley 20.967 es clara: los proveedores ya no pueden aproximar los precios a su favor ni obligar a pagos por tramos que no se han utilizado.
Esta fiscalización busca terminar con las malas prácticas en centros comerciales, supermercados y recintos privados de alta afluencia. Muchos conductores aún desconocen que tienen derecho a exigir que se les cobre exactamente por el tiempo que su vehículo estuvo detenido.
Las únicas dos formas legales para cobrar hoy en estacionamientos
La normativa chilena establece que las empresas solo pueden elegir entre dos caminos para facturar el uso de sus espacios.
La primera opción, y la más transparente, es el cobro por minuto efectivo de uso real del servicio prestado. La segunda modalidad permite el cobro por tramo de tiempo vencido, pero bajo condiciones muy específicas para proteger al usuario.
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En este caso, el primer tramo debe ser obligatoriamente de al menos media hora y los siguientes de al menos 10 minutos.
Bajo ninguna circunstancia el proveedor está facultado para redondear la tarifa hacia arriba, lo que constituye una infracción directa. Si usted permanece 32 minutos, el recinto no puede cobrarle como si hubiera completado la hora, una queja recurrente en las oficinas del Sernac.
Los derechos que las empresas no pueden ignorar
Un punto crítico de la fiscalización es la seguridad, ya que los proveedores deben contar con medidas de vigilancia eficaces y proporcionales.
Esto incluye cámaras operativas, accesos controlados y personal en tiempo real que garantice la integridad de los vehículos estacionados. La empresa debe responder civilmente ante aquellos consumidores que sufran robos, hurtos o daños materiales dentro del recinto.
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Otro aspecto fiscalizado es el procedimiento ante la pérdida del comprobante de ingreso, una situación que suele generar multas abusivas.
La ley obliga a la empresa a consultar sus registros internos para determinar el tiempo real de uso y cobrar solo la tarifa correspondiente. El Sernac exige que todos estos derechos estén exhibidos de forma clara y visible en los ingresos y puntos de pago de cada establecimiento





