Contestar el celular en Chile se convertirá nuevamente en una apuesta de incertidumbre. Una reciente determinación del máximo tribunal del país ha cambiado las reglas del juego para millones de usuarios de servicios financieros.
La Corte Suprema decidió que las empresas del retail ya no estarán obligadas a identificarse mediante los prefijos 600 u 809.
Esta medida golpea directamente una de las normativas más celebradas por los consumidores para filtrar llamadas no deseadas. Ahora, las gestiones de cobranza extrajudicial podrán ingresar a los dispositivos móviles sin que el receptor sepa quién está al otro lado.
Acompáñenos a revisar los fundamentos de este fallo y por qué las empresas de retail financiero lograron doblarle la mano a la autoridad.
El prefijo telefónico para cobrar deudas activas
La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de amparo económico presentado por la Asociación del Retail Financiero. El gremio, que agrupa a gigantes como Falabella, Ripley, Cencosud y Lider-Bci, cuestionó un oficio previo de la Subtel.
Dicho oficio obligaba a marcar las llamadas masivas según su naturaleza para proteger a los ciudadanos de posibles acosos o fraudes.
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Sin embargo, los magistrados concluyeron que la Subsecretaría de Telecomunicaciones excedió sus atribuciones legales al intentar regular estas llamadas. Según el fallo, la cobranza no es un “servicio de telecomunicaciones”, sino una gestión privada entre un acreedor y su deudor.
Bajo esta lógica, las empresas recuperan la libertad de contactar a sus clientes sin la “etiqueta” previa que permitía ignorar la llamada.
El impacto en la privacidad y la regulación del futuro
La normativa de prefijos, vigente desde agosto de 2025, buscaba dar transparencia a un mercado saturado de contactos telefónicos. Con esta excepción, se abre una brecha que podría ser aprovechada por otras industrias para solicitar beneficios similares ante la justicia.
Los usuarios ya no podrán distinguir si quien llama es un ejecutivo de cobranza o una estafa telefónica, perdiendo el control sobre su privacidad.
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Desde el sector financiero defienden la medida argumentando que la cobranza ya posee sus propios límites de frecuencia y horarios. No obstante, las asociaciones de consumidores advierten que esto significa un retroceso en los derechos digitales y la tranquilidad de las personas.
La resolución es definitiva y marca un nuevo escenario donde el identificador de llamadas dejará de ser una herramienta de defensa eficaz.





