El sueño de la casa propia encuentra un aliado estratégico en las políticas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Para quienes ya cuentan con un sitio pero carecen de los recursos para edificar, el Subsidio DS1 Tramo 3 surge como la solución financiera definitiva.
Este beneficio estatal permite a chilenos y extranjeros con residencia definitiva acceder a un aporte base de 550 UF para la construcción en sitio propio.
Al valor de la Unidad de Fomento en abril de 2026, este monto se traduce en aproximadamente $21.900.000 destinados a levantar muros y techos. Eso sí, hay requisitos de ahorro previo y condiciones de propiedad del terreno que exige el Minvu para este proceso.
Se puede complementar este millonario aporte con créditos hipotecarios o ahorros personales para alcanzar el estándar de vivienda deseado.
Los pilares para calificar al Tramo 3 del subsidio de vivienda
La postulación a este beneficio no es un trámite de último minuto, ya que requiere una planificación financiera de al menos un año de antigüedad. El postulante debe acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con 12 meses de vigencia y un saldo mínimo disponible de 50 UF.
Este monto debe estar depositado a más tardar el último día hábil del mes anterior a la postulación, sin registros de giros posteriores a esa fecha.
Es obligatorio estar inscrito en el Registro Social de Hogares; si la calificación supera el 90%, se aplican límites de renta específicos según la normativa. Además de la cédula de identidad vigente, el interesado debe demostrar que ni él ni su grupo familiar son propietarios de otra vivienda al momento de concursar.
El sistema del Minvu prioriza a las familias que demuestran una capacidad de ahorro constante y una necesidad habitacional urgente debidamente documentada.
Las formas legales de validar el terreno para iniciar la obra
Uno de los pasos más críticos para acceder a los $22 millones es probar la disponibilidad legal del terreno donde se emplazará la futura casa. El sitio debe estar inscrito a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil, aunque existen otras figuras legales permitidas por la ley.
Se aceptan certificados de la CONADI para tierras indígenas, derechos en comunidades agrícolas o la cesión de derechos inscrita a favor del interesado.
También es posible postular si el terreno pertenece a una cooperativa de la cual el solicitante es socio o si existe un usufructo del mismo. Aunque el Gobierno aún no fija la fecha exacta del primer llamado de 2026, el proceso se realizará íntegramente de forma digital en el portal oficial del Minvu.





